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VIVIENDAS MUNICIPALES FAVORECERÁ A LAS PERSONAS AFECTADAS POR DESAHUCIOS, FOMENTARÁ EL EMPLEO Y PRIORIZARÁ LA ADJUDICACIÓN A COLECTIVOS ESPECÍFICOS
• El borrador de nuevo reglamento se adapta a la actual situación de crisis marcada por un escenario con mayores tasas de paro, incertidumbre económica y desahucios.
Bilbao, a 25 de junio de 2012. El Consejo de Viviendas Municipales de Bilbao ha analizado hoy el borrador del Reglamento General de la entidad que pretende adaptarse a los nuevos tiempos marcados por una situación de crisis que afecta a numerosos sectores de la población y que dibuja un escenario caracterizado por el incremento de las tasas de desempleo, incertidumbre sobre el futuro de la economía y crecientes casos de desahucios.
Viviendas Municipales ha introducido en el borrador tres nuevas líneas de actuación dirigidas a favorecer la adjudicación de las personas que más lo necesitan, a dar un impulso a las personas emprendedoras movilizando el parque de locales para que se creen empresas en el patrimonio público y a atender a las personas desahuciadas que sean visto afectadas gravemente por la crisis.
Este borrador del Reglamento General se ha realizado teniendo en cuenta las aportaciones realizadas por los partidos políticos representados en el Consejo. Una vez analizada por los partidos, la propuesta se elevará a proyecto de reglamento en términos jurídicos y se someterá a deliberación y votación en la próxima reunión del Consejo que se celebrará previsiblemente durante el mes de septiembre.
Casación por idoneidad
El borrador de Reglamento General recoge que el procedimiento de casación por idoneidad constituirá el sistema general de adjudicación, salvo que por disposición normativa venga impuesto otro sistema como consecuencia del régimen de protección del parque de vivienda. Se abandona así el sistema de sorteo, cuyos resultados no han sido valorados satisfactoriamente debido al retraso en la adjudicación y a los resultados, en ocasiones, inapropiados, por ejemplo situando a una única persona en pisos de tres habitaciones.
En aplicación del sistema de adjudicación por idoneidad se establecerán cupos de interés preferente que atenderán en cada momento a la demanda censada y su evolución, estableciéndose como básico:
- Menores de 35 años (45%).
- Discapacidad física (2%).
- Víctimas de violencia de género (5%).
- Familias monoparentales (15%).
- Mayores de 70 años (5%).
- Mayores de 35 años, con 10 años de empadronamiento (23%).
- Cupo general (5%).
La adjudicación por idoneidad permite optimizar el parque de vivienda, ubicando en cada vivienda a la unidad familiar que pueda pagar la renta y obtenga un mayor beneficio de las características de la vivienda.
Nuevos programas de adjudicación
En el apartado de nuevos programas de adjudicación se recoge la adjudicación concertada con entidades públicas y privadas para la inserción socio-laboral o inclusión (Acción Social, Bilbao Ekintza, etc.). El nuevo articulado incorpora procedimientos para adjudicación de Alojamientos Dotacionales, con rotación obligatoria, con cupos específicos para jóvenes, tercera edad, y colectivos de inserción. Incluye, asimismo, programas de pisos compartidos para colectivos específicos en situaciones transitorias.
Entre las nuevas iniciativas propuestas destaca la adjudicación para la regeneración de los barrios, teniendo en consideración el arraigo de los residentes empadronados, especialmente jóvenes.
Solicitantes de viviendas
Respecto a los solicitantes de viviendas, se aumenta de 2 a 3 años el tiempo de empadronamiento en el censo de vivienda para poder estar inscrito en el registro de demandantes.
El nuevo articulado equipara el desahucio de una vivienda municipal con la renuncia a efectos del registro de Etxebide y adjudicación.
Igualmente para renovar el contrato se exigirá un informe que acredite que el cuidado y mantenimiento de la vivienda es el adecuado, y además la revisión de los límites de ingresos será permanente a lo largo del mismo.
Adjudicación de locales: Creación de riqueza y empleo
El borrador de Reglamento General se ha marcado como objetivo colaborar en la creación de riqueza y empleo para la ciudad. En este sentido ha incluido unas mejoras en la condiciones del arrendamiento de locales en función del tipo de actividad, el fomento del empleo, la revitalización del barrio, las inversiones realizadas y cualquier otra circunstancia debidamente justificada.
Las condiciones de acceso al régimen de arrendamiento contemplan periodos de carencia en el pago de la renta, condiciones de bonificación de la misma, plazos de duración, exención de avales, y, en su caso, conceder el ejercicio del derecho de adquisición preferente.
Carencia sobrevenida de vivienda
La propuesta realizada por Viviendas Municipales considerará suceso a efectos de la adjudicación por carencia sobrevenida de vivienda el desahucio por falta de pago de la renta, siempre que se acredite una residencia mínima de 5 años, no conste inscripción en el registro de morosos de arrendamientos urbanos o haber sido desahuciado por una administración pública. Asimismo será necesario acreditar que la situación de impago trae causa en la situación de paro de la unidad convivencial con carácter sobrevenido, siempre que la renta impagada supere el 60% de los ingresos.
Se entenderán también como carencia sobrevenida de vivienda los lanzamientos derivados de ejecución hipotecaria, incluidos a los fiadores hipotecarios, con carácter subsidario a las medidas de reestructuración, quita o dación en pago, o aplicación del Código de buenas práctivas de las entidades financieras.
Viviendas Municipales se reserva el derecho de adquisición preferente como consecuencia del tanteo o retracto en vivienda derivado del proceso de venta, o de la adquisición de vivienda en procesos de enajenación forzosa, en aplicación del principio de subsidiariedad a la intervención de mediación o refinanciación.

