Autorización de obras y trabajos en horario nocturno
Autorización especial, con carácter temporal y suscrita a determinadas zonas, que permite eximir del cumplimiento de los límites sonoros máximos fijados en la Ordenanza de protección de Medio Ambiente para la realización de obras y trabajos en la vía pública durante período nocturno: de 22 a 7 horas.
Pasos a seguir
- Se presenta la solicitud debidamente cumplimentada y la documentación a aportar.
- Se revisa la documentación por parte del personal técnico de la Subárea de Medio Ambiente.
- En caso de que se conceda la autorización, se envía el documento correspondiente a la empresa solicitante vía fax, si los trabajos autorizados tienen una duración igual o menor a dos días y por correo certificado, si su duración es superior a dos días, indicándole los requisitos que debe cumplir.
- Si no se recibe contestación la autorización se considera denegada por silencio administrativo negativo.
- La empresa autorizada deberá abonar la tasa por concesión de la licencia cuyo recibo, emitido por la Sección de Tasas, se notificará con acuse de recibo en su domicilio fiscal. El pago se podrá efectuar a través de la pasarela de pagos o en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento de Bilbao.
Plazos
Plazo de solicitud: Debe realizarse la petición con una antelación de al menos:
- 1 día, para obras de duración máxima de 2 días.
- 15 días, para obras de mayor duración.
Plazo de resolución:
- Obras de duración máxima a 2 días: plazo máximo de dos días desde que se presenta la documentación.
- Obras de duración superior a 2 días: 15 días
Importe
Devenga la tasa prevista en la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por licencias de obras urbanísticas y prestación de otros servicios técnicos.
| Trámites a realizar | |
| Paso 1 |
Solicitud de autorización de obras y trabajos en horario nocturno
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| Paso 2 |
Abono de la Tasa por Expedición de la Licencia
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