E2 - Solicitud de autoliquidación de la Plusvalía municipal (Impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana)
La Solicitud de autoliquidación de la Plusvalía municipal (Impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana)” es el trámite previo necesario para obtener para solicitar la confección de la correspondiente autoliquidación y poder hacer efectivo el pago del Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, también conocido como Plusvalía municipal.
Este impuesto se origina en caso de transmisión de un bien inmueble urbano (piso, solar, plaza de garaje, trastero, etc) o de constitución o transmisión sobre el mismo de algún derecho real (usufructo, uso y habitación, derecho de superficie). Están comprendidos, entre otros, los siguientes supuestos:
- compraventa, donación, permuta, adquisición o liquidación en pago de deudas
- herencia testada o intestada
- enajenación en subasta pública, expropiación forzosa
La cuota se obtiene aplicando el tipo impositivo vigente sobre la base imponible, que se calcula teniendo en cuenta los años transcurridos desde la anterior transmisión, el porcentaje transmitido y el valor real del suelo correspondiente al inmueble en el momento de la transmisión atribuido a estos efectos por la Diputación Foral de Bizkaia.
Si desea ampliar la información sobre el cálculo del impuesto, o bien conocer los supuestos de no sujeción, exenciones, bonificaciones puede consultar la ordenanza fiscal vigente.
¿A quién va dirigido?
- En las transmisiones a título lucrativo o gratuito (herencia testada o intestada, donación), el adquirente o persona a cuyo favor se constituye el derecho real de que se trate es el obligado al pago.
- En las transmisiones a título oneroso, mediante precio (compraventa, permuta, expropiación), el transmitente o persona que constituye o transmite el derecho de que se trata es el obligado al pago.
Pasos a seguir
- Se rellena y envía o presenta el modelo normalizado de solicitud en materia tributaria y recaudatoria “E-2” en su modalidad de Solicitud de autoliquidación de la Plusvalía municipal, por parte de la persona interesada o su representante, debidamente cumplimentado con los datos de obligado cumplimiento y documentación anexa requerida, dentro del plazo establecido.
- Se procede a revisar la solicitud. Si falta algún dato, se requiere a la persona solicitante para que lo subsane.
- Se estudia y se comunica al interesado la resolución adoptada.
- Estas comunicaciones, sin perjuicio de su envío por los procedimientos correspondientes, se podrán consultar en la carpeta ciudadana o de empresas de la persona interesada, siempre que cuente con un sistema de firma electrónica reconocido o, en su caso, esté dada de alta en el servicio del Ayuntamiento on-line y disponga de clave de acceso y “password”.
Plazos
- Para actos inter-vivos el plazo para la autoliquidación es 30 días hábiles desde la fecha de otorgamiento del documento público.
- Para actos mortis causa (herencias) el plazo para la autoliquidación es un año desde la fecha de fallecimiento del causante o, en su caso, desde que se ejercite el poder testatorio.
Normativa legal
- Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia.
- Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, del Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta o tengo una incidencia relativa a este servicio?
- Cualquier consulta o incidencia relativa a este servicio será resuelta por la unidad responsable:
Área de Economía y Hacienda (Sección de Plusvalía)
Plaza Ernesto Erkoreka, 12 planta baja
48007 Bilbao
Teléfonos: 94.420.5203 / 94.420.4642 - ¿Qué debo hacer si quiero realizar una queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.
Unidad Responsable
Área de Economía y Hacienda (Sección de Plusvalía)
Plaza Ernesto Erkoreka, 12 planta baja
48007 Bilbao
Teléfonos: 94.420.52.03 / 94.420.46.42
| Trámites a realizar | |
| Paso 1 |
Solicitud de Autoliquidación del Impuesto municipal de Plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana)
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