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22 de mayo de 2013

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Licencias de Obras Mayores

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Es un permiso que autoriza la ejecución de obras mayores.

Obra mayor, a estos efectos, se considera:

  • Obras de nueva planta. Se denominan así:
    • Las de construcción que se desarrollan sobre un terreno o solar, a tenor de la distinta clase de suelo,
    • Las de ampliación de un edificio anterior que implique su levante o una mayor ocupación de superficie.
  • Obras de rehabilitación de una edificación. Se denominan así:
    • Las que tienen por objeto transformarla, total o mayoritariamente, en otra distinta para adecuarla a sus valores arquitectónicos y dotarla de unas mejores condiciones de habitabilidad o uso.
  • Obras de reforma que por su complejidad o entidad técnica o por su importancia económica sean calificadas razonadamente por el departamento competente como obras mayores.
  • Obras de derribo parcial o total de los edificios, si bien éstas sólo precisarán de licencia cuando no se hallen amparadas por una orden municipal de ejecución en caso de ruina inminente, o incluidas en un proyecto de construcción aprobado.

Información Detallada

¿A quién va dirigido?

  • La persona interesada o su representante.

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¿Cómo se solicita?

SE DEBEN PRESENTAR los siguientes documentos:

  • Solicitud de licencia urbanística debidamente cumplimentada:
    • Nombre completo de la persona física o jurídica interesada y, en su caso, de su representante.
    • Números del D.N.I. o del C.I.F., respectivos.
    • Domicilio a efectos de notificaciones.
    • Objeto de la petición, expresado con toda claridad, con indicación del emplazamiento exacto de la actuación proyectada, conforme al callejero oficial.
    • Referencia numérica de los antecedentes municipales que existan sobre el asunto y,
    • Número fijo del impuesto del IBI correspondientes a la finca o local en que se proyecte actuar (que aparece en el recibo correspondiente de este impuesto o se puede obtener en las oficinas del Área de Economía y Hacienda en la Plaza de Venezuela, 2, planta baja).
    • Cuantos datos sirvan para facilitar la comunicación con la persona solicitante (correo electrónico, teléfono de contacto, fax…).
  • Documentación Complementaria:
    • Documento acreditativo de la propiedad del terreno o solar sobre el que se pretende actuar.
    • Proyecto Básico por duplicado, firmado por profesional competente
      El proyecto incorporará:
      • Justificación del cumplimiento del Código Técnico de la Edificación
      • Justificación del cumplimiento de la normativa de accesibilidad y resto de normativas de obligado cumplimiento.
      • Estudio Geotécnico
      • Estudio de Gestión de Residuos
    • Anexo comprensivo de las obras de urbanización, salvo que dichas obras queden definidas en un documento aparte, objeto de otro expediente.
    • Permisos derivados de la concurrencia competencial de otras administraciones.
    • Licencia de parcelación o, si ésta no fuere exigible, conformidad de la parcela con el planeamiento aplicable
    • Plano a escala 1:250, en que queden perfectamente delimitados los suelos objeto de cesión, si ha lugar a ello.
    • La documentación necesaria para determinar los ajustes de aprovechamiento (plano topográfico con la superficie del terreno, usos preexistentes y sus superficies respectivas, nota simple registral sobre la titularidad del terreno, …)
    • Tras la solicitud, una vez iniciado el expediente, deberá facilitar los datos estadísticos sobre edificación y vivienda, cumplimentando para ello el impreso oficial facilitado por el Ayuntamiento (si se trata de viviendas).
    • Cuando las características de la obra así lo aconsejen, se podrá eximir, de la obligación de aportar algunos de los documentos indicados, a propuesta razonada del departamento responsable.
    • Documentación técnica del proyecto:
      • Memoria descriptiva de las obras y justificación del cumplimiento del Código Técnico de la Edificación.
      • Acreditación general de que se cumplen las condiciones de calidad e higiene de los edificios, conforme a lo dispuesto en el Título VII, Capítulo 2 de las Normas Urbanísticas del Plan General.
      • Presupuesto, desglosado por capítulos, excluyendo del mismo las partidas referentes a la urbanización en vía pública o en suelo objeto de cesión.
      • Pliego de condiciones
      • Planos de situación, emplazamiento, plantas, secciones y alzados, a escala y acotados, que contengan una definición suficiente de las obras e instalaciones proyectadas, conforme se detalla en el apartado 2; y
      • Anexo con documentación escrita y gráfica de la urbanización a ejecutar, salvo que integre un proyecto aparte, objeto de otro expediente.
      • La documentación gráfica estará compuesta, al menos, por los siguientes planos:
        • De emplazamiento del inmueble que exprese, a escala mínima de 1:1.000, la situación del mismo, en relación a las vías públicas, edificios y otros puntos que puedan servir de referencia para su localización en los planos oficiales que obran en el ayuntamiento, acotando convenientemente las distancias que les separan de la calle o calles inmediatas; este plano abarcará, por lo menos, una zona de cincuenta (50) metros, en torno al edificio que se trata de construir.
        • De plantas, indicando a escala mínima de 1:100, el edificio que se proyecta, con sus distribuciones interiores, acotando perfectamente tanto las fachadas y fondo del solar y de la construcción, ,como sus distintos patios;
        • De la fachada o fachadas que haya de tener el edificio con las acotaciones de alturas totales en el punto o puntos en que se deben medirse, según las rasantes de las calles; este plano estará hecho a escala mínima de 1:100 y
        • De secciones que sean necesarios, indicando en escala mínima de 1:100 todo el fondo del edificio y la rasante de la calle en el punto en que haya de medirse su altura; mencionando las condiciones de energía eléctrica, no subterráneas, cañerías de agua, gas u otros servicios generales, próximos al terreno, que afectan a la colocación de vallas o andamios.
        • Asimismo se aportará un plano, por duplicado y a escala, en el que figuren debidamente acotados los suelos objeto de cesión al ayuntamiento y aquéllos vinculados a la edificación sin posibilidad de ser segregados ni transmitidos con independencia de la misma.

NOTA: El proyecto deberá conformar un documento normalizado de formato Din-A4, con todos los planos doblados y con pestaña.

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¿En qué consiste?

  1. Se presenta la solicitud personalmente en el Oficina Central de Atención Ciudadana o en las Oficinas Municipales de Distrito.
    De forma alternativa se pueden presentar solicitudes en los siguientes lugares:
    - Registros de otras Administraciones Públicas: Administración General del Estado (ministerios, delegaciones y subdelegaciones de gobierno), Comunidades Autónomas (Gobierno Vasco, etc.), Embajadas y Consulados de España.
    - Oficinas de Correos: Las solicitudes deben ser presentadas en sobre abierto para incluir en el mismo el sello de la oficina con la fecha de presentación entre otros datos. Posteriormente el envío será certificado entregándose un resguardo con los datos del mismo.
  2. El personal técnico del área estudia la documentación y emite los correspondientes informes técnicos y jurídicos.
  3. Si de trata de obras dentro del ámbito de Surbisa, es esta Sociedad la competente para emitir los correspondientes informes técnicos y jurídicos, así como propuesta de resolución.
  4. La resolución concediendo o denegando licencia habrá de adoptarse en el plazo máximo de 3 MESES, excepto si se comunica la existencia de deficiencias subsanables en la documentación o el destino de las obras fuera una actividad clasificada.
  5. Se entenderá estimada la solicitud por silencio administrativo una vez transcurrido el plazo siempre y cuando no afecte al dominio o servicio público ni infrinja el ordenamiento jurídico aplicable.
  6. La licencia será remitida por correo, siendo notificada en el domicilio indicado a tales efectos, acompañándose los documentos OB1 y OB2 de autoliquidación de la tasa y el impuesto ya cumplimentados.

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Observaciones

  • La licencia ampara sólo la realización de las obras y/o instalaciones declaradas y autorizadas. Cualquier extralimitación de las mismas o incumplimiento de las condiciones de la licencia determinaría la inmediata paralización de las obras y la imposición de las sanciones administrativas pertinentes.
  • La licencia se otorga salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de terceros, y bajo la exclusiva responsabilidad del titular de la misma.
  • Superados los plazos establecidos en la licencia para inicio o finalización de las obras, podrá declararse caducada, previos los trámites oportunos.
  • En la realización de trabajos se adoptarán las precauciones señaladas en las ordenanzas municipales y demás disposiciones de general aplicación.
  • La licencia no ampara ni autoriza la instalación de elementos auxiliares con ocupación de vía pública (vallas, andamio, etc.). La autorización para estas instalaciones deberá solicitarse de modo independiente.
  • La licencia de obras deberá hallarse siempre disponible en el lugar donde se realicen las mismas.
  • El incumplimiento de cualquiera de las condiciones anteriores traerá consigo la paralización de las obras y en su caso, la revocación de la licencia, sin perjuicio de las sanciones administrativas que proceda imponer.

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¿Existe normativa/procedimientos que regulen este servicio?

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Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
  • Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha (Urbanismo y Medio Ambiente). Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.

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Contacto con el servicio

Área de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente

Surbisa (En el caso de tratarse de actuaciones que se lleven a cabo en el ámbito de: Bilbao la Vieja, Casco Viejo, Barrio de Ferroviarios, Barrio de la Cruz y varios portales de Zorrotzaurre)

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Dirección:

Bilboko Udala/ Ayuntamiento de Bilbao/ Bilbao Council

Plaza Ernesto Erkoreka 1. 48007 Bilbao - España. Teléfono: 944 204 200