Pisos de acogida para mujeres víctimas de violencia de género
Es un servicio de acogida provisional que se ofrece a mujeres que, por problemas de convivencia grave, necesiten abandonar temporalmente su domicilio.
Se dispone de 9 pisos de acogida, de los cuales 1 está adaptado para personas con discapacidad física y auditiva y 2 para personas con discapacidad visual.
¿A quién va dirigido?
- A mujeres mayores de edad o menores emancipadas, que puedan presentar o no una discapacidad física, visual o auditiva, junto con las personas que estén a su cargo, que sean víctimas de violencia de género o estén en una situación de riesgo y que:
- Carezcan de vivienda alternativa donde poder residir o no dispongan de ella de forma inmediata.
- No presenten problemas de drogodependencias o de salud mental.
- Se encuentren empadronadas en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- En caso de no estar empadronada en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la acogida estará condicionada a que se inicien los trámites para el empadronamiento en este municipio.
¿Cómo se solicita?
Si la valoración de la petición es positiva,
SE DEBEN PRESENTAR los siguientes documentos (si la mujer está en condiciones de aportarla):
- Instancia general que puede descargarse en Internet o bien recogerse en el Registro General del Ayuntamiento o en las Oficinas Municipales de Distrito, cumplimentado correctamente
- Fotocopia de DNI o pasaporte
- Certificado de empadronamiento
- Fotocopia del libro de familia
- Certificado de bienes e I.R.P.F. de Hacienda Foral
- Certificado del INEM de no percibir prestación alguna por desempleo
- Certificado de la Seguridad Social de percepción o no de alguna pensión de jubilación o invalidez
- Certificado de pensiones de la Diputación Foral de Bizkaia
EL LUGAR DE PRESENTACIÓN es:
- Personalmente en:
- Área de Igualdad, Cooperación y Ciudadanía
Plaza Venezuela, 2.
De Lunes a Viernes de 9 a 14 horas ( de 8:30 a 13:00 horas del 1 de junio al 15 de septiembre)
- Área de Igualdad, Cooperación y Ciudadanía
- Fuera de este horario, y en caso de urgencia, la asistencia puede solicitarse en el Servicio Municipal de Urgencias Sociales en el teléfono 94.470.14.60.
¿En qué consiste?
Por un lado, hay un Programa de Acogida Inmediata que consiste en disponer de un alojamiento transitorio no superior a 30 días para mujeres víctimas de violencia de género en situación de riesgo que aún no han denunciado y que necesitan de ese espacio protegido en tanto toman una decisión.
Y por otro lado, existe el Programa de Media Estancia para mujeres víctimas de violencia de género en situación de riesgo con 2 fases de permanencia en los pisos: 1ª fase de recuperación de la autonomía con el objetivo de garantizar la seguridad y recuperar la autonomía, autoestima, recursos personales, redes sociales, etc., y 2ª fase de fortalecimiento de la autonomía con el objetivo de trabajar la búsqueda de formación, empleo y de vivienda.
En los pisos de acogida se ofrece apoyo socioeducativo y se trabaja sobre un Plan de Trabajo Personalizado con el objetivo de dotar de herramientas para la consecución de una vida libre de violencia, autónoma, normalizada y estable.
- Se solicita el servicio de acogida verbalmente en el Área de Igualdad, Cooperación y Ciudadanía o bien a través de otras entidades o profesionales de la intervención.
- La trabajadora social de referencia del caso valora la acogida y, si es desestimada, la decisión se somete a ratificación en el equipo de trabajo del Área de Igualdad, Cooperación y Ciudadanía.
- Si la solicitud de acogida es aceptada se tramita formalmente a través del registro.
- Si la solicitud de acogida es desestimada, se informa a la interesada de los motivos de la no aceptación.
- Antes de producirse la acogida, la solicitante recibe un contrato de cesión en precario en el que aparece el tiempo y condiciones de la acogida.
¿Existe normativa/procedimientos que regulen este servicio?
- Decreto 64/2006, de 6 de abril, por el que se aprueba la Carta de Derechos y Obligaciones de las Personas Usuarias y Profesionales de los Servicios Sociales de la CCAA de Euskadi.
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- Ley del Parlamento Vasco 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
- Decreto148/2007, de 11 de septiembre, regulador de los recursos de acogida para mujeres víctimas de maltrato en el ámbito doméstico.
- Carta de Servicios para la Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género (En formato pdf - 2 MB).
Preguntas frecuentes
- ¿Es necesario la interposición de la denuncia?
- NO.
- ¿Las mujeres con Orden de Protección pueden solicitar piso de acogida?
- SI.
- Apoyos a los que se puede acceder una vez aprobada la solicitud de acogida
- Programa socio educativo (servicio a través del cual se facilita información, apoyo tanto a las mujeres como a las personas a su cargo, acompañamiento y seguimiento social durante el tiempo necesario para afrontar cada situación personal).
- Ayudas económicas en los términos establecidos en los programas correspondientes.
- Apoyo psicológico (Servicio de asistencia psicológica con psicólogos y psicólogas especializadas en la materia).
- Asistencia y representación jurídica (si no puede acceder al turno de violencia).
- ¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.
Contacto con el servicio
Área de Igualdad, Cooperación y Ciudadanía
Plaza Venezuela, 2
48001 Bilbao
Teléfono: 94.420.48.38
E-mail: smujer@ayto.bilbao.net
De Lunes a Viernes de 9 a 14 horas (de 8:30 a 13:00 horas del 1 de junio al 15 de septiembre).

