Servicio de acompañamiento (Urrats Bat Gehiago)
Es un programa destinado a:
- Proporcionar compañía en su domicilio a personas que padecen soledad,
- Proporcionar compañía a personas para que la familia que convive con ellas o les cuidan tengan tiempo libre,
- Sacar a pasear a personas con dificultades de deambulación,
- Acompañar al médico, y
- Acompañar a hacer compras.
¿A quién va dirigido?
- Personas y familias, residentes y empadronadas en Bilbao, con alguna limitación de sus facultades físicas o psíquicas por edad, minusvalía, enfermedad, parto múltiple, falta de uno de los progenitores, etc.
¿Cómo se solicita?
SE DEBEN PRESENTAR los siguientes documentos:
- Fotocopia del D.N.I. / pasaporte / N.I.E. de todos los miembros de la unidad convivencial.
- Fotocopia del libro de familia.
- Declaración de la renta y del patrimonio de todos los miembros de la unidad convivencial o en su defecto justificación de ingresos.
- Informe médico, en caso de discapacidad o enfermedad.
- Cualquier otro documento que sea necesario para justificar la situación objeto de demanda.
EL LUGAR DE PRESENTACIÓN es:
- Personalmente o por teléfono en:
- En los Servicios Sociales de Base que le corresponda por su domicilio (Link a la dirección y horarios).
¿En qué consiste?
- Se solicita cita previa en el Servicio Social de Base correspondiente, bien por teléfono o presencialmente.
- El día de la cita se mantiene una entrevista con el/la trabajador/a social asignado/a al caso donde se analizan conjuntamente las peticiones demandadas.
- Si de la entrevista se establece la necesidad de solicitar el servicio de acompañamiento, la persona peticionaria debe presentar la solicitud y la documentación requerida.
- El expediente elaborado por los Servicios Sociales de Base se traslada al Negociado de Dependencia y Servicio de Ayuda a Domicilio, que lo revisa y valora.
- El Negociado elabora una propuesta de resolución del expediente vía Decreto.
- El Negociado remite la resolución a la persona peticionaria y la empresa prestadora del servicio. El Decreto establece los términos en los que se presta el servicio.
- Durante la prestación del servicio, el/la trabajador/a social y la persona coordinadora del servicio prestado llevan a cabo un seguimiento.
- Si transcurridos tres meses desde la solicitud del servicio no ha recibido contestación, se entiende que su solicitud ha sido desestimada.
¿Existe normativa/procedimientos que regulen este servicio?
- Ley 5/1996, de 18 de octubre, de Servicios Sociales.
- Ley 10/2000, de 27 de diciembre, de Cartas de Derechos Sociales.
- Decreto 155/2001, de 30 de julio, de determinación de funciones en materia de servicios sociales.
- Decreto 64/2004, de 6 de abril, por el que se aprueba la carta de derechos y obligaciones de las personas usuarias y profesionales de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco y el régimen de sugerencias y quejas.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué organismo gestiona este servicio?
- La prestación del servicio se realiza mediante convenio con la empresa de inserción EUSKARRI.
- ¿Qué Servicio Social de Base me corresponde?
- Para obtener esta información puede llamar al teléfono de información municipal “010” o consultar la relación de los servicios sociales de base en el siguiente link: Servicios Sociales de Base.
- ¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.
Contacto con el servicio
Servicios Sociales de Base
En el siguiente link dispone de la información sobre las direcciones y teléfonos de los equipamientos sociales del Ayuntamiento de Bilbao: Servicios Sociales de Base.
Negociado de Dependencia. Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)
Plaza Venezuela, 2, 1ª Planta
48001-Bilbao
Teléfonos: 94.420.48.12/ 94.420.48.13
E-mail: ayuda.domicilio@ayto.bilbao.net

