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20 de junio de 2013

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Servicio de acompañamiento (Urrats Bat Gehiago)

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Es un programa destinado a:

  • Proporcionar compañía en su domicilio a personas que padecen soledad,
  • Proporcionar compañía a personas para que la familia que convive con ellas o les cuidan tengan tiempo libre,
  • Sacar a pasear a personas con dificultades de deambulación,
  • Acompañar al médico, y
  • Acompañar a hacer compras.

Información Detallada

¿A quién va dirigido?

  • Personas y familias, residentes y empadronadas en Bilbao, con alguna limitación de sus facultades físicas o psíquicas por edad, minusvalía, enfermedad, parto múltiple, falta de uno de los progenitores, etc.

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¿Cómo se solicita?

SE DEBEN PRESENTAR los siguientes documentos:

  • Fotocopia del D.N.I. / pasaporte / N.I.E. de todos los miembros de la unidad convivencial.
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Declaración de la renta y del patrimonio de todos los miembros de la unidad convivencial o en su defecto justificación de ingresos.
  • Informe médico, en caso de discapacidad o enfermedad.
  • Cualquier otro documento que sea necesario para justificar la situación objeto de demanda.

 

EL LUGAR DE PRESENTACIÓN es:

  • Personalmente o por teléfono en:

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¿En qué consiste?

  1. Se solicita cita previa en el Servicio Social de Base correspondiente, bien por teléfono o presencialmente.
  2. El día de la cita se mantiene una entrevista con el/la trabajador/a social asignado/a al caso donde se analizan conjuntamente las peticiones demandadas.
  3. Si de la entrevista se establece la necesidad de solicitar el servicio de acompañamiento, la persona peticionaria debe presentar la solicitud y la documentación requerida.
  4. El expediente elaborado por los Servicios Sociales de Base se traslada al Negociado de Dependencia y Servicio de Ayuda a Domicilio, que lo revisa y valora.
  5. El Negociado elabora una propuesta de resolución del expediente vía Decreto.
  6. El Negociado remite la resolución a la persona peticionaria y la empresa prestadora del servicio. El Decreto establece los términos en los que se presta el servicio.
  7. Durante la prestación del servicio, el/la trabajador/a social y la persona coordinadora del servicio prestado llevan a cabo un seguimiento.
  8. Si transcurridos tres meses desde la solicitud del servicio no ha recibido contestación, se entiende que su solicitud ha sido desestimada.

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¿Existe normativa/procedimientos que regulen este servicio?

  • Ley 5/1996, de 18 de octubre, de Servicios Sociales.
  • Ley 10/2000, de 27 de diciembre, de Cartas de Derechos Sociales.
  • Decreto 155/2001, de 30 de julio, de determinación de funciones en materia de servicios sociales.
  • Decreto 64/2004, de 6 de abril, por el que se aprueba la carta de derechos y obligaciones de las personas usuarias y profesionales de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco y el régimen de sugerencias y quejas.

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Preguntas frecuentes

¿Qué organismo gestiona este servicio?
La prestación del servicio se realiza mediante convenio con la empresa de inserción EUSKARRI.
¿Qué Servicio Social de Base me corresponde?
Para obtener esta información puede llamar al teléfono de información municipal “010” o consultar la relación de los servicios sociales de base en el siguiente link: Servicios Sociales de Base.
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.

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Contacto con el servicio

Servicios Sociales de Base
En el siguiente link dispone de la información sobre las direcciones y teléfonos de los equipamientos sociales del Ayuntamiento de Bilbao: Servicios Sociales de Base.

 

Negociado de Dependencia. Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)
Plaza Venezuela, 2, 1ª Planta
48001-Bilbao
Teléfonos: 94.420.48.12/ 94.420.48.13
E-mail: ayuda.domicilio@ayto.bilbao.net

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Dirección:

Bilboko Udala/ Ayuntamiento de Bilbao/ Bilbao Council

Plaza Ernesto Erkoreka 1. 48007 Bilbao - España. Teléfono: 944 204 200