Bilbao.net

22 de mayo de 2013

Búsqueda avanzada

perfiles
Ruta:

Prestaciones económicas individuales para ingresos en centros de día para personas mayores

Volver

Es una prestación económica de carácter individual, a través de la cual se facilita el ingreso en centros de día de personas mayores que carecen de medios económicos para costear el precio total de la plaza.

Información Detallada

¿A quién va dirigido?

  • Personas mayores de 60 años que:
    • Estén empadronadas en Bilbao con 1 año de antelación como mínimo a la fecha de solicitud de la prestación.
    • Carezcan de medios económicos para costear el precio total de la plaza.
    • Son autónomas para las actividades básicas de la vida diaria (actividades tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas).
    • Presenten un riegos de deterioro físico y/o psíquico por razones sociales, familiares, etc.

Subir

¿Cómo se solicita?

SE DEBEN PRESENTAR los siguientes documentos:

  • Solicitud de la prestación económica que se facilita en los Servicios Sociales de Base, cumplimentada correctamente.
  • Fotocopia del D.N.I./ N.I.E. / pasaporte.
  • Compromiso de libre aceptación del recurso que se facilita en los Servicios Sociales de Base.
  • Informe médico (impreso normalizado).
  • Certificado de empadronamiento.
  • Declaración jurada de ingresos y bienes actualizada que se facilita en los Servicios Sociales de Base.
  • Certificado del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) y/o entidad pagadora de la pensión/es actualizada.
  • Fotocopia de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (o justificante de no declarante).
  • Informe social emitido por el Servicio Social de Base correspondiente.

 

EL LUGAR DE PRESENTACIÓN es:

Subir

¿En qué consiste?

  1. Se solicita cita previa en el Servicio Social de Base correspondiente, bien por teléfono o presencialmente.
  2. El día de la cita se mantiene una entrevista con el el/la trabajador/a asignado/a al caso donde se analizan conjuntamente las peticiones demandadas.
  3. Si de la entrevista se establece la necesidad de solicitar Prestaciones Económicas Individuales para Ingresos en Centros de Día de Personas Mayores, la persona peticionaria debe presentar la solicitud y la documentación requeridas.
  4. El/la trabajador/a social valora la solicitud y elabora el informe social.
  5. El Negociado de Dependencia revisa y valora el expediente.
  6. Si la valoración es negativa, el Negociado de Dependencia emite Decreto Municipal de denegación del Concejal Delegado de Acción Social que es remitido a la persona peticionaria.
  7. Si la valoración es conforme, se inicia la búsqueda de la plaza más adecuada a la petición.
  8. Una vez asignada plaza, se emite Decreto del Concejal Delegado de Acción Social, el cual se remite tanto a la persona peticionaria como al centro de día donde va a ser ingresado.
  9. La plaza asignada será cofinanciada, según baremo económico aprobado en el Decreto de alcaldía de 26 de marzo de 1999, por parte de los servicios sociales y la persona beneficiaria, por lo que, periódicamente, la persona beneficiaria y el Ayuntamiento abonarán la parte que le corresponde a cada uno del coste del servicio a la entidad prestadora del mismo.

Subir

¿Existe normativa/procedimientos que regulen este servicio?

  • Decreto de alcaldía de 26 de marzo de 1999.
  • Ley 5/1996, de 18 de octubre, de Servicios Sociales.
  • Decreto 155/2001, de 30 de julio, de determinación de funciones en materia de servicios sociales.
  • Decreto 64/2004, de 6 de abril, por el que se aprueba la carta de derechos y obligaciones de las personas usuarias y profesionales de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco y el régimen de sugerencias y quejas.

Subir

Preguntas frecuentes

¿Qué se entiende por persona mayor?
Se consideran personas mayores: las personas mayores de 65 años y los pensionistas mayores de 60 años.
¿Qué Servicio Social de Base me corresponde?
Para obtener esta información puede llamar al teléfono de información municipal “010” o consultar la relación de los servicios sociales de base en el siguiente link: Servicios Sociales de Base.
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.

Subir

Contacto con el servicio

Servicios Sociales de Base
En el siguiente link dispone de la información sobre las direcciones y teléfonos de los equipamientos sociales del Ayuntamiento de Bilbao: Servicios Sociales de Base.

 

Negociado de Dependencia. Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)
Plaza Venezuela, nº 2, 1ª Planta
48001-Bilbao
Teléfonos: 94.420.48.12 / 94.420.48.13
E-mail: ayuda.domicilio@ayto.bilbao.net

Subir



Dirección:

Bilboko Udala/ Ayuntamiento de Bilbao/ Bilbao Council

Plaza Ernesto Erkoreka 1. 48007 Bilbao - España. Teléfono: 944 204 200