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19 de junio de 2013

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Prestación económica para servicios funerarios de personas sin recursos económicos suficientes

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Es una prestación económica para sufragar los gastos derivados de los servicios funerarios prestados a personas con recursos económicos insuficientes, que no dispongan de cobertura aseguradora ni de familiares que los asuman.

Este servicio está prestado de manera rotatorio por las diferentes funerarias de Bilbao.

Información Detallada

A quién va dirigido?

  • Personas que hayan fallecido en el Municipio de Bilbao o sus familiares y que no dispongan de los medios económicos necesarios para sufragar los gastos del sepelio.

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Cómo se solicita?

SE DEBEN PRESENTAR los siguientes documentos:

  • Documento acreditativo de la identidad de la persona fallecida (si es posible).
  • Extracto bancario de la persona fallecida (si es posible).

 

EL LUGAR DE PRESENTACIÓN es:

Si la prestación es solicitada por familiares, allegados y, en ausencia de familiares, residencias, conocidos/as:

  • Personalmente en:
    • Negociado de Grupos Especiales
      Avenida Mazarredo 22
      48009-Bilbao,
      De Lunes a Viernes, de 9:00 a 14:00 horas.

Si la prestación es solicitada por Juzgados de Instrucción:

  • Vía fax: 94.420.59.66

Si la prestación es solicitada por Hospitales:

 

Previamente, se debe haber puesto en conocimiento del servicio funerario correspondiente.

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En qué consiste?

  1. Las personas allegadas o profesionales solicitan a la Administración Municipal que los servicios funerarios sean realizados a cargo del Ayuntamiento en base a las razones económicas por las que no pueden hacer frente a los citados gastos.
  2. El Negociado de Grupos Especiales valora las posibilidades de otras fuentes de financiación de los propios familiares.
  3. El Negociado de Grupos Especiales autoriza o deniega el compromiso de abono. El compromiso de abono puede ser total o parcial según si la persona fallecida dispone de ingresos en el momento del fallecimiento.
    - Si la solicitud ha sido realizada por el familiar, se entrega mediante un oficio.
    - Si ha sido realizada por el Juzgado u otras Entidades se remite vía Email.
  4. En caso de haber sido autorizada, la persona solicitante debe presentar el oficio o el documento acreditativo, en la funeraria correspondiente.

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¿Existe normativa/procedimientos que regulen este servicio?

  • Decreto de Alcalde de fecha 12/5/2003.

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Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.

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Contacto con el servicio

Negociado de Grupos Especiales.
Avenida de Mazarredo nº 22
48009 Bilbao
Teléfono: 94.420.48.06
E-mail: grupos.especiales@ayto.bilbao.net

 

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Dirección:

Bilboko Udala/ Ayuntamiento de Bilbao/ Bilbao Council

Plaza Ernesto Erkoreka 1. 48007 Bilbao - España. Teléfono: 944 204 200