Prestación económica para servicios funerarios de personas sin recursos económicos suficientes
Es una prestación económica para sufragar los gastos derivados de los servicios funerarios prestados a personas con recursos económicos insuficientes, que no dispongan de cobertura aseguradora ni de familiares que los asuman.
Este servicio está prestado de manera rotatorio por las diferentes funerarias de Bilbao.
A quién va dirigido?
- Personas que hayan fallecido en el Municipio de Bilbao o sus familiares y que no dispongan de los medios económicos necesarios para sufragar los gastos del sepelio.
Cómo se solicita?
SE DEBEN PRESENTAR los siguientes documentos:
- Documento acreditativo de la identidad de la persona fallecida (si es posible).
- Extracto bancario de la persona fallecida (si es posible).
EL LUGAR DE PRESENTACIÓN es:
Si la prestación es solicitada por familiares, allegados y, en ausencia de familiares, residencias, conocidos/as:
- Personalmente en:
- Negociado de Grupos Especiales
Avenida Mazarredo 22
48009-Bilbao,
De Lunes a Viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
- Negociado de Grupos Especiales
Si la prestación es solicitada por Juzgados de Instrucción:
- Vía fax: 94.420.59.66
Si la prestación es solicitada por Hospitales:
- Vía e-mail a la siguiente dirección: grupos.especiales@ayto.bilbao.net .
Previamente, se debe haber puesto en conocimiento del servicio funerario correspondiente.
En qué consiste?
- Las personas allegadas o profesionales solicitan a la Administración Municipal que los servicios funerarios sean realizados a cargo del Ayuntamiento en base a las razones económicas por las que no pueden hacer frente a los citados gastos.
- El Negociado de Grupos Especiales valora las posibilidades de otras fuentes de financiación de los propios familiares.
- El Negociado de Grupos Especiales autoriza o deniega el compromiso de abono. El compromiso de abono puede ser total o parcial según si la persona fallecida dispone de ingresos en el momento del fallecimiento.
- Si la solicitud ha sido realizada por el familiar, se entrega mediante un oficio.
- Si ha sido realizada por el Juzgado u otras Entidades se remite vía Email. - En caso de haber sido autorizada, la persona solicitante debe presentar el oficio o el documento acreditativo, en la funeraria correspondiente.
¿Existe normativa/procedimientos que regulen este servicio?
- Decreto de Alcalde de fecha 12/5/2003.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.
Contacto con el servicio
Negociado de Grupos Especiales.
Avenida de Mazarredo nº 22
48009 Bilbao
Teléfono: 94.420.48.06
E-mail: grupos.especiales@ayto.bilbao.net

